Cantidades económicas que el franquiciado tendrá que atender en beneficio del franquiciador como contraprestación a los derechos de franquicia adquiridos, el aprovechamiento de sus conocimientos técnicos y la asistencia permanente de la que podrá beneficiarse. Podrán establecerse en términos de derechos de entrada, royalty de explotación y funcionamiento, cánones publicitarios, royalty de gestión y administración, etc. Permitirán a la central rentabilizar sus funciones franquiciadoras.